jueves, 11 de agosto de 2016

EL DERECHO A LA AUTONOMÍA, INTEGRIDAD Y SEGURIDAD SEXUAL DEL CUERPO 


Incluye la capacidad de tomar decisiones autónomas sobre la propia vida sexual en un contexto de ética personal y social; están incluidas también de control y disfrute de nuestros cuerpos, libres de tortura, mutilación o violencia de cualquier tipo.
La sexualidad es un aspecto inherente a nuestra existencia misma y, por tanto, el ejercicio autónomo, integral y seguro de la misma constituye un derecho que es transversal a todos los derechos sexuales y derechos reproductivos.
Considera que “nuestra cultura es heterónoma, porque las decisiones están, en muchos casos involuntariamente, influenciadas por razones religiosas, políticas y/o culturales que vienen transmitidas ancestralmente”.
Se añade que “hay situaciones normales, entre comillas, normales en el país, porque son aceptadas en algunas culturas en las que el machismo sigue ejerciendo su predominio y la mayor cantidad de decisiones las sigue tomando el hombre, pero las va a aplicar la mujer” y esta es la principal causa de vulneración del segundo derecho sexual.
Se insiste en que “esto no se erradica solamente a través de temas punitivos y privativos de la libertad de las personas, sino bajo la prevención y bajo la educación de que es uno de los derechos sexuales y reproductivos” y que los grandes ausentes en los esfuerzos por la erradicación de esta práctica han sido el Ministerio de Salud y el Ministerio de Educación.

Este DERECHO incluye la capacidad de tomar decisiones autónomas sobre la propia vida sexual del contexto de la ética personal y social. También están incluidas la capacidad de control y disfrute de nuestros cuerpos, libres de tortura, mutilación y violencia de cualquier tipo.




1 comentario:

  1. No es de tu autoría original, deberías citar de dónde tomaste la información. Ahí estás violando un derecho.

    ResponderBorrar